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¿Cuáles son los efectos más importantes que debes conocer si sufres un despido disciplinario?
El despido disciplinario es probablemente el tipo de despido que más debemos evitar. Es un tipo más de los despidos que están regulados en nuestro Estatuto de los Trabajadores con unas consecuencias muy precisas que debes conocer y que te vamos a explicar a continuación.
En el ámbito laboral, ya se sabe que las relaciones laborales pueden extinguirse.
Aclaraciones previas
1. Qué es un despido disciplinario
El despido disciplinario es aquel tipo de despido que se produce cuando es el empresario el que decide prescindir de los servicios del trabajador. En este sentido, le comunica la extinción de su contrato. La principal peculiaridad es que debe existir un incumplimiento contractual grave y culpable por parte del trabajador.
Como en todos los despidos es la propia voluntad unilateral del empresario la que provoca la extinción del contrato laboral.
Por tanto, debes tener en cuenta los principales elementos como claves para estar hablando de este despido.
- El despido disciplinario se produce cuando es el propio empresario el que decide romper con la relación contractual, no es despido si es el trabajador el que decide dimitir.
- Para que hablemos de despido disciplinario «no falso» debe haberse producido un incumplimiento por parte del trabajador. Y como vamos a ver, no vale cualquier tipo de incumplimiento, sino que debe tratarse de aquellos incumplimientos que están tasados o previstos en la ley.
Es importante que tengas en cuenta que no puede pasar mucho tiempo desde que se produzca el incumplimiento para que se produzca el despido. Ej: No puede producirse el despido después de dos meses de haberse producido el incumplimiento.
En este sentido, este periodo de tiempo «razonable» se entiende que se debe analizar desde que la empresa tuvo conocimiento del comportamiento reprobado del trabajador.
2. Cuales son las causas del despido disciplinario
Lo primero que debes saber, es que el despido disciplinario no se puede producir por cualquier motivo.
Como hemos visto, se podrá extinguir la relación laboral por decisión del empresario mediante despido basado en un incumplimiento del trabajador
Las causas del despido disciplinario están recogidas en el art. 54 del estatuto de los trabajadores.
Y como hemos visto, ademas es incumplimiento, cualquiera que sea, deberá tener la consideración de grave y culpable. Estas se pueden alegar para que el empresario pueda tomar la decisión de realizar un despido disciplinario son:
- Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.
- La indisciplina o desobediencia en el trabajo.
- Las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que
- trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos.
- La transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
- La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado.
- La embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
- El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso sexual o por razón de sexo al empresario o a las personas que trabajan en la empresa.
Por otra parte, también debes tener en cuenta sobre el despido disciplinario el convenio colectivo que se aplique a tu relación laboral concreta. Como sabes, aparte de lo que esté fijado en tu contrato, tu relación laboral está sujeta a un convenio colectivo, que ha podido firmar tu empresa, o bien del sector en el que se haya incluido tu empresa.
Este convenio colectivo de aplicación, desarrollara y regulará las faltas calificándolas como leve, grave o muy grave. Pues bien, en el caso de las faltas muy graves, estos incumplimientos son los que pueden desencadenar en un despido disciplinario.
3. Cuáles son las formalidades del despido disciplinario
Como hemos visto el motivo de despido disciplinario es un elemento clave para analizar sus causas.
Pero también lo son los elementos formales.
Para analizar los requisitos formales debemos acudir al art. 55 del ET.
Para que el despido disciplinario sea valido es conveniente seguir una serie de requisitos formales.
El despido deberá ser notificado por escrito al trabajador, haciendo figurar los hechos que lo motivan y la fecha en que tendrá efectos.
Es decir, el despido disciplinario ha de realizarse a través de notificación por escrito. Es lo que se llama la carta de despido disciplinario.
Esta carta de despido debe reunir una serie de requisitos muy concretos pero muy sencillos de cumplir y es donde a veces se suele fallar por parte de la empresa.
- Debe figurar los hechos que motivaron ese despido de forma clara y precisa. Es decir, el empresario debe ser concreto en sus explicaciones y explicar de forma precisa la causa de despido.
- Debe plasmarse la fecha del despido.
Por otra parte hay que tener en cuenta algunas peculiaridades en función de ciertos requisitos que puedas reunir.
Si eres delegado sindical o delegado de personal se deberá abrir expediente contradictorio en el que deberán ser oídos tanto tú como persona que sufre el despido como los demás representantes de los trabajadores.
Por otra parte estás afiliado a un sindicato, el empresario deberá dar audiencia previa a los delegados sindicales de la sección sindical a la que pertenezcas en la empresa.
Igualmente debes tener en cuenta que se podrían establecer más exigencias y defectos formales para el despido por convenio colectivo.
Cuales son las consecuencias del despido disciplinario para el que lo sufre
El despido disciplinario, es un tipo de despido que tiene consecuencias un tanto diferentes al resto de despidos que están regulados en nuestra normativa laboral.
Como te hemos explicado, el despido disciplinario es aquel que está fundamentado en un incumplimiento grave del trabajador. Por eso parece evidente que no tendría sentido que encima el empresario le tuviera que indemnizar, ¿no?
Efectivamente lo primero que debes tener en cuenta es que el despido disciplinario no lleva aparejado ninguna indemnización, a diferencia que en otros casos como en los casos de indemnización por despido improcedente, de 33 días por año trabajado. Sólo en este último caso en que el despido sea declarado improcedente, se generará un derecho a indemnización.
En segundo lugar, el despido disciplinario obliga a que el empresario realice la oportuna liquidación de haberes, o finiquito, donde se deberán introducir todas los conceptos que debiera abonar el empresario al trabajador: vacaciones no disfrutadas, salarios devengados y no pagados, gastos debidos al trabajador con ocasión del ejercicio de la prestación laboral, etc.
Finalmente, en caso de despido disciplinario hay un derecho a percibir la prestación por desempleo en las mismas condiciones que cualquier otro trabajador que pierde su empleo por cualquier otro tipo de despido.
En cualquier caso, si piensas impugnar el despido disciplinario que hayas sufrido tienes un plazo de 20 días para hacerlo.
Hay que tener en cuenta que cuando decimos que el trabajador podrá impugnar el despido disciplinario que ha sufrido, nos referimos a que el plazo de caducidad de 20 días se suspenderá en el momento en que se inicie el trámite de presentar la papeleta de conciliación obligatoria ante el SMAC.
Y el objetivo de esta impugnación será demandar por despido improcedente.
ten en cuenta que si eres representante de los trabajadores existen otras exigencias formales como la de dar audiencia previa en un expediente contradictorio.
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Por qué la carta de despido es tan importante en el despido disciplinario
Pues básicamente podemos decir que la cata de despido puede ser determinante para el derecho a cobrar el paro.
La carta de despido es muy importante ya que si no reúne los requisitos formales básicos que te hemos comentado, se podría pensar que existe cierto fraude en ese despido. Es decir podríamos pensar que nos encontramos ante un despido disciplinario falso.
Para ello, es importante que cuides que la carta de despido reúna todos los requisitos formales básicos ya que el Servicio de Empleo Público Estatal ( SEPE ) ha aumentado los controles por intuir que se pueda estar cometiendo un posible fraude en forma de connivencia entre la empresa y el trabajador.
Es conveniente que se reúnan todos los requisitos para que se pueda cobrar el paro.
¿En que puede basar dicha presunción de fraude el SEPE?
- Si los hechos no están lo suficientemente justificados, se puede pensar que realmente «se ha arreglado el paro» al trabajador, provocando el despido inexistente del trabajador simplemente para que tenga derecho a cobrar la prestación de desempleo (no debemos olvidar que si el trabajador extingue su relación laboral por su propia voluntad, no tiene derecho a cobrar el desempleo).
- O también por que los hechos apenas estén descritos, con falta de concreción, etc.
- O que los hechos sean poco creíbles.
- En definitiva que la carta de despido sea lo suficientemente corta, o directamente se haya utilizado una carta modelo.
En todos estos puntos arriba descritos, debes tener en cuenta que la posible presunción de connivencia que puede activar el SEPE, normalmente suele ocurrir en los casos de despido disciplinario, y no en los casos de despido objetivo, donde ya existe una indemnización de 20 días por año trabajado, que la empresa tendrá que abonar en cualquier caso, tanto en el supuesto en que el despido sea declarado procedente o improcedente.
Por el contrario, si el despido es disciplinario, el trabajador no tiene derecho a recibir ninguna cantidad económica, ya que no conlleva ninguna obligación a abonarte ningún tipo de indemnización, ni a tener en cuenta el salario por año trabajado como ,en el despido objetivo donde existe una indemnización de 20 días por año trabajado.
Por tanto, es importante que cuides dicha carta de despido para no tener problemas a la hora de cobrar la prestación por desempleo ya que se considere que nos podamos encontrar ante un despido disciplinario falso.
Igualmente la carta de despido debe reunir los requisitos formales ya explicados, ya que también hay que presentar una papeleta de conciliación junto con dicha carta de despido.
Y ante la pregunta de; ¿debo firmar la carta de despido? La respuesta es: da igual que la firmes, si no quieres firmar la notificación de la misma, el empresario podrá llamar a un representante de los trabajadores para que actúe como testigo. Por tanto es irrelevante.
Entendemos que arreglar los papeles del paro puede ser algo muy importante pero hay que conjugar esta necesidad con que se hagan las cosas bien.
Como ves, no es una situación difícil de gestionar jurídicamente aunque si te ves en una situación de despido, aunque este sea disciplinario te recomendamos que te dejes asesorar por un abogado laboralista que te pueda ayudar.
3 comentarios en “¿Cuales son las consecuencias del despido disciplinario?”
Muy buen articulo. Gracias por compartirlo.
Muy claro y conciso. Muchas gracias.
Hola, hay alguna repercusión en tema de curriculum o puede saber mis futuros empleadores que he tenido un despido disciplinario por no acudir a trabajar? Es que quiero irme de la empresa porque trasladan a mi marido pero no quiero darme de baja voluntaria para el paro.