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¿Cómo puedo cobrar el paro en caso de despido disciplinario?

es conveniente que tengas claro como trabajador si tienes derecho a cobrar del paro si sufres un despido disciplinario
¿Has sufrido un despido disciplinario? ¿No tienes claro cómo tramitar tu paro? ¿Conoces tus derechos para obtener tu prestación por desempleo? Aquí te lo explicamos todo.
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¿Tienes derecho a paro si has sufrido un despido disciplinario?

El despido disciplinario es un tipo de despido que sufre el trabajador.

En este tipo de despido, se produce la extinción del vinculo laboral debido a que el trabajador ha cometido una o varias faltas graves o por otra parte, ha podido incumplir alguna de las obligaciones que asumió cuando firmó el contrato laboral. Conviene recordar que cuando se dice que la falta debe ser grave, hay que analizar la gravedad en el contexto de la actividad que realiza el trabajador. En el caso en que dicha gravedad no este lo suficientemente justificada, ese despido sera calificado  como improcedente.

Es importante destacar que es el propio estatuto de los trabajadores el que define este tipo despido en su artículo 49. k del Estatuto de los Trabajadores.

Primero de todo vamos a explicar de forma concreta qué es el despido disciplinario y después pasaremos a comentar las consecuencias que éste tienen para la prestación de desempleo o cobrar el paro.

¿Qué es el despido disciplinario?

El despido disciplinario es aquel que se produce cuando existe un incumplimiento por parte del trabajador y esto hace que el empresario tome la decisión de dar por finalizado la relación laboral. En este caso, el contrato de trabajo finalizará con una notificación por escrito que es remitida al trabajador comunicándole ese despido.

Para que el empresario pueda actuar con este despido, el trabajador debe ser culpable de un incumplimiento calificado como grave. Y ese incumplimiento debe estar relacionado con algunas de sus obligaciones derivadas de su contrato.

Estos incumplimientos deben deberse a:

  • Si se produce de forma repetida la no asistencia al puesto de trabajo, o también la falta de puntualidad al mismo.
  • Si el trabajador no actúa con la debida disciplina o desobedece a las instrucciones de su supervisor o del empresario.
  • En el caso en que el trabajador ofenda, de forma verbal o física, a cualquier trabajador compañero o también a la familia de estos.
  • Ante una vulneración de la confianza que la empresa ha depositado en él, o porque directamente se produce un abuso de confianza.
  • Si se produce una disminución en el rendimiento laboral, de forma continuada y consciente.
  • En el caso en que el trabajador acude a trabajar en estado de embriaguez, o bajo los efectos de sustancias que repercuten negativamente en su desempeño.
  • Cuando en el ámbito laboral acosa a otros sexualmente o por motivos de raza o etnia, religión o convicciones.

El despido disciplinario cuando se produce, puede calificarse de tres maneras:

  • Procedente
  • Improcedente
  • Nulo

Un breve apunte.

¿Qué es el despido nulo?

Para que un despido pueda ser considerado como despido nulo deberán existir alguna de las siguientes causas:

  • Que en el despido disciplinario se haya producido alguna violación de los derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador.
  • Que el despido haya tenido por móvil alguna de las causas de discriminación prohibidas en la Constitución o en la ley.

Igualmente el despido también podrá ser considerado nulo, cuando se produzca algunas de las causas que recoge el Estatuto de los Trabajadores.

Quien debe probar la causa de despido

Es importante destacar, que en general, una peculiaridad del despido disciplinario es que es el empresario el que tiene que acreditar que realmente existía una causa o motivo de los que acabamos de mencionar, en definitiva, que el trabajador actuaba de forma culpable y que incumplía el contrato que vinculaba a ambos. Es decir, la carga de la prueba corresponde al empresario.

 

De la misma forma, hay que atender al convenio colectivo que rija la relación laboral que estemos examinando, ya que es muy posible que se hayan negociado alguna peculiaridad en el procedimiento a seguir para el despido disciplinario.

¿Tiene derecho el trabajador a recibir alguna indemnización el trabajador si sufre un despido disciplinario?

El trabajador que sufre un despido disciplinario y este es considerado procedente no tendrá derecho a recibir ningún tipo de indemnización. Sin embrago si que deberá recibir

¿Tiene derecho a cobrar del paro? ¿Tiene derecho a algún tipo de prestación por desempleo?

Como te acabamos contra aunque el despido disciplinario no conlleve ningún tipo de indemnización por despido, sí que genera el derecho a recibir el finiquito correspondiente, por los días trabajados y no pagados, las vacaciones devengadas y no disfrutadas y la parte proporcional de las pagas extraordinarias.

Un tema importante y que debe preocupar a cualquier trabajador que sufre algún tipo de despido, es como queda su derecho a cobrar el desempleo o paro. ¿Tiene derecho a percibir dicha prestación?

Pues en este caso, hay que decir que sí. El trabajador tiene completo derecho a recibir la prestación por desempleo, con independencia del despido que haya sufrido, por tanto incluyendo el despido disciplinario.

Para fijar la cuantía que va a percibir dicho trabajador hay que analizar la nómina y los portes que a la seguridad social que haya hecho la empresa.

La ley establece que cuando se sufre un despido disciplinario, los trabajadores solo cobrarán el paro si tiene derecho a ello; es decir, si cumplen una serie de requisitos que comentamos a continuación:

  • Debe haber cotizado al menos 360 días antes del cese del último contrato.
  • Tienes que estar inscrito como demandante de empleo en el SEPE
  • El trabajador debe encontrarse realmente en búsqueda activa de empleo
  • Hay que estar dado de baja en el registro de la seguridad social.

El trámite que debe realizar el trabajador para recibir la prestación es muy simple.

Basta con que acuda a alguna de las oficinas del SEPE con la carta de despido y el certificado de empresa.

¿Qué significa » arreglar el paro » ? ¿Es legal?

Probablemente hayas oído hablar de esta expresión

Como el SEPE sólo solicita la carta de despido y el certificado de empresa, es muy habitual que en los casos de despido disciplinario se cometa fraude a la seguridad social.

¿Por qué?

Realmente puede ocurrir que, ante una situación de baja voluntaria por el propio trabajador, éste llegue a un acuerdo con la empresa para formalizar simular un despido disciplinario, que como digo, realmente está motivado por una decisión voluntaria del trabajador. Existe un beneficio doble tanto para la empresa como para el trabajador.

Hay que tener en cuenta que en caso de que el trabajador dimita de su puesto, extinga de forma voluntaria, no tiene derecho a prestación por desempleo.

Igualmente también hay que tener en cuenta que  el despido disciplinario no conlleva ningún tipo de indemnización por despido y sí a prestación por desempleo. con lo que al trabajador le da igual formalizar este despido si realmente quiere abandonar la empresa.

Por otra parte, la empresa se ahorrará la indemnización si simula ese despido disciplinario, con lo que tanto trabajador como empresario ganan.

Para evitar este tipo de fraude o irregularidades, el Servicio Público de Empleo (SEPE) está incrementando sus controles para los casos de despido disciplinarios. Así, en la oficina correspondiente pueden exigir y solicitar documentación adicional que justifique el cese de la relación laboral en estos términos. y finalmente si es necesario, pueden solicitar la intervención de la  Inspección de Trabajo.

 

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